Actualizaciones a Módulo NÓMINA "ASCII"

Modificado el Sat, 15 Apr 2023 a las 07:46 PM

A continuación se muestra un historial de los desarrollos, mejoras y modificaciones efectuadas al Módulo NÓMINA "ASCII", clasificado descendentemente por fecha, conforme a la fecha de su publicación. 

MARZO DE 2023

  1. Implementación de formulario 220 - CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES POR RENTAS DE TRABAJO Y DE PENSIONES - AÑO GRAVABLE 2022, prescrito a través de la Resolución 0042 de Mar-15-2023. 

MARZO DE 2023 – ERRORES CORREGIDOS

  1. En la tarea Liquidación de Nómina Quincenal/Mensual: si para el cálculo de la deducción por Concepto de Retención en la Fuente el deducible por Rentas de Trabajo Exentas (25%) supera el tope máximo (66 UVT/mes) no realizaba el ajuste pertinente.

FEBRERO DE 2023 – ERRORES CORREGIDOS

  1. En las tareas Liquidación de Contratos Individual y en Grupos: si en el mismo mes en que se efectúa el retiro y la Liquidación del Contrato se realizó una Liquidación de Vacaciones, al calcular la deducción por Concepto de Retención en la Fuente no tenía en cuenta las deducciones por el mismo Concepto efectuadas (como anticipo) en la Liquidación de Vacaciones.

ENERO DE 2023

  1. Mantenimiento al informe Ref. NMP637 – DOCUMENTOS SOPORTE DE PAGO DE NOMINA ELECTRONICA POR NODOS: el informe podrá obtenerse antes de o sin haber generado, propiamente dicho, los documentos soporte; denominándose “Reporte Previo”.
  2. Mantenimiento al Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica: con respecto al reporte de las Vacaciones: “en este sentido, precisó la Dian, el Consejo de Estado ha señalado que se entienden realizadas en el año o período en que se causen, aun cuando no se hayan pagado. Por lo tanto, de acuerdo con el artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo, las vacaciones se entienden, por regla general, un derecho consolidado por cada año laborado por el trabajador. Así las cosas, dichos valores se deberán reportar en el documento soporte de pago de nómina electrónica cuando este derecho ocasione un abono en cuenta o pago, lo que ocurra primero, teniendo en cuenta que la consolidación de este derecho es anual, sin perjuicio de las provisiones que contablemente se deban efectuar” (tomado del sitio web de Ámbito Jurídico). En consecuencia, el valor del AJUSTE de las Vacaciones CONSOLIDADAS con corte al 31 de diciembre se reportará en el documento soporte del mes de enero (p.ej. 2023) que corresponde a la nómina de diciembre (p. ej. 2022); aunque durante todo el año y en los meses donde se haya registrado la liquidación, se seguirán reportando las Vacaciones PAGADAS DISFRUTADAS y/o COMPENSADAS al Empleado.
  3. Mantenimiento al informe Ref. NMP522 – MOVIMIENTO DE CESANTÍAS, DE INTERESES DE CESANTÍAS, DE PRIMAS y DE VACACIONES: a partir de ahora, el usuario podrá seleccionar un período superior a un mes para conocer el "Valor del Ajuste" correspondiente, para cada prestación social. A propósito del reporte de las Vacaciones en el Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica, se podrá obtener el informe del período enero a diciembre, para conocer el valor del Ajuste en el año.
  4. Nuevo informe: Documentos Soporte de Pago de Nómina Electrónica por Nodos (ref. NMP637) que muestra el contenido de los documentos soporte generados, detallado por nodos (conceptos de devengados y deducciones definidos por la DIAN). El programa presenta las siguientes características:
  • Se pueden listar todos o algunos Empleados
  • Permite al usuario determinar la clasificación de los Empleados: a) por nombre, b) por Clase de Nómina, c) por Clase y Sección, o d) por Código.
  • El usuario puede hacer uso de “filtros” para generar el informe, seleccionando los Empleados para los cuales desea mostrar la información: Clase de Nómina, Sección, Nombre o Código.

Encuéntrelo en

NÓMINA: Procesos / Nómina Electrónica / Reporte por Nodos.


  1. Mantenimiento al Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica: conforme al Oficio #912416 de 2021/10/06 de la DIAN, “la generación del documento soporte de pago de nómina electrónica frente al concepto de Cesantías deberá efectuarse teniendo en cuenta el concepto de abono en cuenta derivado del principio de devengo". En consecuencia, las Cesantías e Intereses sobre Cesantías causados con corte al 31 de diciembre se deben reportar en el documento soporte del mes de enero (p.ej. 2023) que corresponde a la nómina de diciembre (p. ej. 2022).

DICIEMBRE DE 2022

  1. Implementación de la provisión por el Concepto de Bonificación de Recreación. La definición del porcentaje de provisión mensual se define como parámetro general en la sección Provisiones y Aportes.

Encuéntrelo en  

Maestros/Parámetros/Provisiones y Aportes

 

Procesos/Provisiones y Aportes/Por Sección

 

Procesos/ Interfases/ Contabilidad/ Estructuras

 

Procesos/ Interfases/ Contabilidad/Provisiones y aportes


NOVIEMBRE DE 2022

  1. Implementación de la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales, conforme al Decreto 768 del 16 de mayo de 2022. En la Hoja de Vida del Empleado, en el capítulo Afiliaciones se incluyó el nuevo campo “Actividad Económica ARL”.
  2. Mantenimiento a programa Generador del Archivo Plano Activos (PILA), conforme a la Resolución 2012 del 20 de octubre de 2022, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social: en el Registro Tipo 2, del Archivo Tipo 2 – Liquidación detallada de aportes -, se incluyó el nuevo campo #98 – Actividad económica para el Sistema General de Riesgos Laborales, que debe reportarse, para cada cotizante, a partir del 1 de diciembre de 2022.
  3. Mantenimiento a programa Exportación de Hojas de Vida a Archivo Texto CSV: Se incluyen los campos “Motivo de Retiro” en los datos del Contrato de Trabajo, y “Actividad Económica ARL” en los datos de Afiliaciones.

 

JULIO DE 2022

  1. Se incluye el Tipo de Documento de identidad "PT", denominado PERMISO POR PROTECCIÓN TEMPORAL, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1 de la resolución 1365 del 2 de septiembre de 2021, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social; como documento válido de identificación de los migrantes venezolanos en la PILA.

 

MARZO DE 2022

  1. Implementación de formulario 220 - CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES POR RENTAS DE TRABAJO Y DE PENSIONES - AÑO GRAVABLE 2021, prescrito a través de la resolución 0029 de Mar-2-2022. 
  2. Mantenimiento a programa generador Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica: para cualquier Empleado en cuya Hoja de Vida presente en el campo Subtipo de Cotizante un valor diferente de “00” se reportará siempre el valor “01”.

 

MARZO DE 2022 – ERRORES CORREGIDOS

  1. En todas las tareas del menú Consignación en Fondos (de Cesantías): no encontraba la Planilla de Intereses sobre Cesantías, cuando se liquidan en el mes de diciembre (sólo Sector Público).

FEBRERO DE 2022

  1. Mantenimiento a programa generador del medio magnético del Banco de Bogotá para el pago de Nómina: actualización de la estructura del archivo.

FEBRERO DE 2022 - Errores corregidos

  1. En las Relaciones de Nómina por Forma de Pago (Ref. Nmp515 y Nmp532)el filtro “Entidad” no se estaba aplicando.

OCTUBRE DE 2021 

  1. Implementación y puesta en marcha de la generación de Documentos Soporte de Pago de Nómina Electrónica mediante integración con el Proveedor Tecnológico FACTURATECH.

JUNIO DE 2021 

  1. Mantenimiento a programa generador del reporte ANEXO DE DEDUCCIONES: Se incluye la impresión de “firmantes”.

MAYO DE 2021 

  1. Mantenimiento a programa Liquidador de Vacaciones: permitir definir Período de Disfrute anterior a la fecha inicial del Período de Causación (solo COODETRANS).
  2. Mantenimiento a programa generador del Formato 2276: conforme al artículo 9 de la Resolución DIAN #023 de Marzo-12-2021 el Impuesto Solidario COVID19 se reporta en la casilla Retención en la Fuente.

FEBRERO DE 2021 

  1. Mantenimiento a generadores de Certificado de Ingresos y Retenciones (Formulario 220) e Información Exógena DIAN (Formato 2276): los valores certificados por concepto de aportes a seguridad social corresponderán a lo que efectivamente haya sido deducido del ingreso laboral del trabajador.
  2. Mantenimiento a generadores de Certificado de Ingresos y Retenciones (Formulario 220) e Información Exógena DIAN (Formato 2276): Para el caso de los servidores públicos cuyo régimen corresponde al de cesantías anualizadas, los valores certificados por concepto de Cesantías corresponden al momento en que las cesantías se consolidan y quedan disponibles en las cuentas individuales de estos servidores.
  3. Implementación de formulario 220 - CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES POR RENTAS DE TRABAJO Y DE PENSIONES AÑO GRAVABLE 2020, conforme a resolución 0117 de Dic-30-2020.
  4. Corrección de error: el cálculo del IBC máximo (25 SMMLV) en Salud, Pensión y Fondo Solidaridad Pensional debe realizarse sobre la suma de IBC de todas las novedades que presente el cotizante en el ciclo.

DICIEMBRE DE 2020 

  1. Corrección de error: cálculo de la Retención en la Fuente sobre la Prima de Navidad (del Sector Público).
  2. Corrección de error: en la liquidación de Prima de Navidad (del Sector Público) no se deben acumular en los Días Perdidos las novedades de “En Comisión“ ocurridas en diciembre del año anterior (primer mes de acumulación para cálculo de Ingreso Base de Liquidación).


NOVIEMBRE DE 2020 

  1. Implementación de la liquidación anticipada (opcional) de la Prima de Navidad de la vigencia 2020 (en el Sector Público) conforme al Decreto 1422 del 4 de noviembre de 2020. Esta implementación en el software podrá aplicarse también para la liquidación de la Prima de Servicios de Diciembre del Sector Privado.
  • Se incluye herramienta para la exportación a EXCEL de todos los datos del Empleado almacenados en la Hoja de Vida, a través de archivo texto CSV. Encuéntrela en la siguiente ruta: Maestros/Hojas de Vida/Exportación a CSV. La herramienta incluye dos tipos de filtros de selección: 

1) Para seleccionar los Empleados: Clase de Nómina, Sección, Cargo, Género y Estado de Actividad. 

2) Para seleccionar los datos a exportar:   Básicos, Residencia, Contrato de Trabajo, Afiliaciones, Información Académica, Experiencia Laboral e Información Familiar.


OCTUBRE DE 2020 

  • Implementación del manejo de información relacionada con la Experiencia Laboral del Empleado. Se podrán almacenar en la Hoja de Vida del Empleado hasta 99 registros, donde se conservan los datos de su experiencia laboral: nombre, dirección, teléfonos, ciudad, país, correo electrónico y sector de la empresa,  fechas de ingreso y de retiro, cargo desempeñado y dependencia donde laboró. 
  • Implementación del manejo de información familiar del Empleado. Se podrán almacenar en la Hoja de Vida del Empleado los datos de: su cónyuge, hijos(as), padre, madre, hermanos(as), conservando los siguientes datos: parentesco y género, nombres y apellidos, fecha de nacimiento, dirección, barrio, ciudad y país de residencia, correo electrónico, documento de identidad.


JULIO DE 2020 

  • Implementación de novedades en la PILA, conforme a Resolución 0454 del 18 de marzo de 2020.

ABRIL DE 2020 

  • Implementación de Impuesto Solidario y Aporte Solidario Voluntario por Covid19, conforme al decreto 568 del 15 de abril de 2020.
  • Implementación tarifa diferencial de Aportes Salud por parte de Pensionados, conforme al artículo 142, Parágrafo 5 de la Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019.


MARZO DE 2020 

  • Implementación de formulario 220 - CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES POR RENTAS DE TRABAJO Y DE PENSIONES AÑO GRAVABLE 2019, conforme a resolución 0019 de Mar-10-2020.
  • Se incluyen parámetros que permiten determinar, por parte del usuario, los valores a reportar por concepto de Aportes a Seguridad Social en el CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES POR RENTAS DE TRABAJO Y DE PENSIONES AÑO GRAVABLE 2019:
    Aportes a cargo de: Del Empleado, del Patrono o de ambos.
    Período de aportes a reportar:  Según fecha de causación o de pago.

ENERO DE 2020 

  • Implementación de tarifa diferencial de cotización en Salud al régimen contributivo a cargo de los pensionados, conforme a artículo 142 de la Ley 2010 de Dic-27-2019.
  • Implementación de Tabla de Retención en la Fuente según Ley 2010 de Dic-27-2019.


AGOSTO DE 2019 

  • Implementación de registro de novedades o cambios efectuados a los Parámetros Generales, para su consulta e impresión. (Aplica sólo para los cambios efectuados a partir de la fecha de instalación).

JULIO DE 2019 

  • Se incluyen parámetros generales que permiten definir el tope mínimo de días laborados para tener derecho a la Prima de Servicios y de Navidad, tanto en la liquidación general de Primas como de Contratos de Trabajo. Se inhabilita este mismo parámetro existente en el proceso de liquidación de las Primas de Servicios y de Navidad.
  • Implementación del bloqueo de la actualización de registros de Acumulados provenientes de liquidación de planillas.
  • Almacenamiento de Usuario, fecha y hora de actualización de registros de Acumulados para su consulta e impresión.


JUNIO DE 2019 

  • Mantenimiento a liquidación de Bonificación de Servicios Prestados en la nómina quincenal/mensual, para que en casos de funcionarios en ENCARGO, esta bonificación se liquide en base al Ingreso Básico del cargo para el cual está haciendo el reemplazo. 
  • Almacenamiento en los Certificados de Incapacidad del Usuario, Fecha y Hora de actualización.


ABRIL DE 2019 

  • Implementación de formato 2276 -versiòn 2- Certificado de Ingresos y Retenciones conforme a resolución 0060 de Oct-30-2017.


FEBRERO DE 2019 

  • Implementación de nuevo formato 220: Certificado de Ingresos y Retenciones, año gravable 2018.
  • Se incluye parámetro general en la sección Liquidación de Nómina, que permite determinar el período de búsqueda y acumulación de los valores devengados por los Conceptos que constituyen factor de liquidación de Vacaciones. Las opciones son:

Un año: un año (doce meses) contado hacia atrás desde la fecha de elaboración de la liquidación o menos si el empleado no ha completado un año de causación de Vacaciones.

Un año o última liquidación: un año (doce meses) contado hacia atrás desde la fecha de elaboración de la liquidación o menos si el empleado no ha completado un año de causación de Vacaciones. Si en el último año ya se ha(n) efectuado otra(s) liquidación(es) de VACACIONES que correspondan a un período de causación diferente, el período de búsqueda y acumulación se iniciará al día de siguiente de la fecha de la última liquidación de VACACIONES.

  • Se incluye parámetro general en la sección Control de Procesos con el fin de controlar la ejecución del proceso de Cierre Anual del sistema de Nómina.
  • Implementación de cambios introducidos por la Ley de Financiamiento (Ley  1943 de Dic-28-2018) a la Tabla de Retención en la Fuente sobre salarios: se adicionan las tarifas marginales correspondientes al 35 %, 37 % y 39%.

 DICIEMBRE DE 2018 

  • Implementación de la provisión por el Concepto de Bonificación de Servicios Prestados. La definición del porcentaje de provisión mensual se define como parámetro general en la sección Provisiones y Aportes.

JULIO DE 2018 

  • Implementación del manejo de la novedad “Encargo”, que permite la liquidación automática de la diferencia de salario por Encargo.

 JUNIO DE 2018 

  • Nuevo informe: Libro Auxiliar de Acumulados (ref. Nmp634) que permite obtener listado detallado de los pagos y deducciones efectuados durante el período seleccionado por el usuario. El programa presenta las siguientes características:
  • -  Permite al usuario determinar la clasificación del informe: a) por Empleado y Fecha, b) por Empleado y Concepto, c) por Concepto y Fecha, o d) por Concepto y Empleado.
  • -   Se pueden listar todos o algunos Empleados.
  • -   Permite al usuario determinar la clasificación de los Empleados: a) por nombre, b) por Clase de Nómina, c) por Clase y Sección, o d) por Código.
  • -   El usuario puede hacer uso de “filtros” para generar el informe, seleccionando los Empleados para los cuales desea mostrar la información: Clase de Nómina, Sección, Nivel jerárquico.
  • -   El usuario puede seleccionar uno o más Conceptos a mostrat.


 ABRIL DE 2018 

  • Se incluye parámetro general que permite determinar si el valor devengado por Retroactividad se incluye en la base de liquidación de los aportes a Seguridad Social.

FEBRERO DE 2018 

  • Implementación de nuevo formato 220: Certificado de Ingresos y Retenciones, año gravable 2017.
  • Aplicación del Art 1.2.1.20.7 del Decreto 2250 de Dic-29-2017, que dispone: “A partir del año gravable 2017 el auxilio de cesantías y los intereses sobre cesantías se entenderán realizados en el  momento del pago del  empleador directo al trabajador o en el momento de consignación al fondo de cesantías”; en el Certificado de Ingresos y Retenciones.


 ENERO DE 2018 

  • Implementación de control máximo deducible en rentas exentas (40%) Art.388 ET.
  • Aplicación del Art. 1.2.4.1.15, Decreto 2250 de Dic-29-2017: el deducible de Aportes Salud Obligatorio para el cálculo de la retención en la fuente será el aporte total del mes.

 

¿Le ha sido útil este artículo?

¡Qué bien!

Gracias por sus comentarios

¡Sentimos mucho no haber sido de ayuda!

Gracias por sus comentarios

¡Háganos saber cómo podemos mejorar este artículo!

Seleccione al menos una de las razones

Sus comentarios se han enviado

Agradecemos su esfuerzo e intentaremos corregir el artículo